RSS

You can replace this text by going to "Layout" and then "Page Elements" section. Edit " About "

[GA] Producción de miel orgánica y los cultivos transgénicos

Producción de miel orgánica y los  cultivos transgénicos

Por Alexander Grobman, PhD

Profesor Emérito, Universidad Nacional Agraria La Molina

En cierta literatura de grupos activistas anti-transgénicos se emiten juicios sobre el rechazo de miel de exportación, especialmente al mercado europeo, supuestamente por haber estado expuestas las abejas al polen de plantas genéticamente modificadas. En esta nota explicaremos que el uso de Bacillus thuringiensis como tratamiento insecticida de los panales de abejas es aceptado por la reglamentación internacional orgánica para la producción de miel orgánica, por lo cual el rechazo de miel que viene de áreas donde se encuentra polen de cultivos que contienen el gen cry, es técnicamente injustificado. El rechazo obedece exclusivamente a procedimientos de boicot comercial y político.  

Se abusa continuamente del etiquetado "orgánico" aprovechando del poco conocimiento del consumidor de posibles ventajas, desventajas o falta de ellas en alimentos que llevan esa denominación.

Uno de los casos típicos es el de la presentación de miel con la etiqueta de orgánica, sin que realmente se hayan cumplido las estrictas  condiciones que se imponen para que una colmena  originaria de esa miel, haya sido certificada como tal. Debido a la facilidad  con la que se pueden movilizar colmenas de un lugar a otro y sustituir unas por otras, la denominación de orgánico debe ser firmemente monitoreada, para que el consumidor no se deje sorprender.

Las condiciones para certificar a un panal como orgánico son que, al menos cumpla con las condiciones siguientes de acuerdo con Codex Alimentarius, OMS/FAO[1]:

1.     Para convertir una colonia de abejas a la producción orgánica deben seleccionarse las abejas para que sean razas vigorosas y adaptadas localmente.

2.      Mantener la salud de las abejas siguiendo prácticas tales como las que siguen:

a.     Usar razas resistentes que se adaptan bien a las condiciones locales;

b.     Renovación periódica de las reinas, de ser necesario;

c.  Limpieza y desinfección periódicas del equipo;

d.  La renovación periódica de la cera de abejas;

e. Disponibilidad de suficiente polen y miel en las colmenas;

f.  Inspección sistemática de las colmenas para detectar anomalías;

g. Control sistemático de crías macho en la colmena;

h. Mover las colmenas enfermas a áreas aisladas, de ser necesario; o

i. Destrucción de colmenas y materiales contaminados.

3. Para el control de pestes y enfermedades se permite el uso de:

         ácido láctico, oxálico y acético

         ácido fórmico

         azufre

         aceites etéricos naturales (por ejemplo, mentol, eucaliptol o alcanfor)

         Bacillus thuringiensis

         vapor y llama directa.

3. Cuando fallan las medidas preventivas, se podrán utilizar medicamentos veterinarios con tal que:

a) se dé preferencia a tratamientos fitoterapéuticos y homeopáticos, y

b) si se usan productos medicinales alopáticos sintetizados químicamente, los productos de la apicultura no se deberán vender como orgánicos. Las colmenas tratadas deberán aislarse y pasar por un período de conversión de un año. Toda la cera debe reemplazarse con cera que cumpla con estas Directrices, y

c) cada tratamiento veterinario debe estar claramente documentado.

4. El panal de fundación deberá manufacturarse de cera producida orgánicamente.

5. Se prohíbe el uso de repelentes sintéticos durante las operaciones de extracción de la miel.

6. El uso del humo se debe mantener a un mínimo. Los materiales aceptados para ahumar deberán ser naturales o de materiales que cumplan con los requisitos de estas Directrices.

7. El operador deberá mantener registros detallados y actualizados tal y como se indica en el Anexo 3, párrafo 7. Se deberán mantener mapas indicando la ubicación de todas las colmenas.

Se han presentado anomalías de supervivencia de colonias de abejas en todo el mundo, a las que se atribuye diversas causas, desde ataques de ácaros, hasta virus o efecto de insecticidas. Una de las causas a las cuales se ha atribuido efectos dañínos sobre las abejas es el de la posible acción de efecto insecticida de genes de la serie cry procedentes de Bacillus thuringiensis, los cuales se han introducido como transgenes en maíz, algodón y otras especies para controlar a larvas de insectos lepidópteros o coleópteros.  No se ha podido verificar que exista tal efecto en abejas. La expresión del gen cry en el polen del maíz o algodón es muy leve, de menor expresión que en los tejidos vegetativos restantes y además, la abeja no tiene los mismos receptores que tienen los insectos blanco en las células del intestino, por lo cual no tiene efecto la proteína cristalina tóxica para los lepidópteros en la abeja, que es inmune a ella. Por tal motivo, es de notar que entre las recomendaciones aceptadas en el reglamento internacional de producción de alimentos orgánicos que emite FAO, se incluye  el uso de insecticidas en base a Bacillus thuringiensis, bacteria de la cual se extrae el gen cry para pasarla a cultivos transgénicos y transformarlos en resistentes a ciertos insectos. De hecho, se usan insecticidas en base a Bacillus thuringiensis como Dipel, por su inocuidad, no solo en abejas sino en cultivos orgánicos desde hace 40 años. Por consiguiente, las ONGs activistas a favor de los cultivos y productos orgánicos y opuestos a los transgénicos, debieran tomar nota de estas realidades, las que a veces, en su ofuscación o desconocimiento, usan en forma aleatoria y poco técnica para demonizar a la tecnología de la modificación genética amparándose en un supuesto daño a productos orgánicos.   

La información incluida en esta nota no pretende en forma alguna emitir juicio de valor sobre los productos orgánicos. Su uso es potestativo de quienes deseen, por diversos motivos, usarlos en su alimentación pagando los mayores precios que su producción demanda. Pero, no por ello, debieran tratar de impedir el desarrollo de los cultivos transgénicos, que se ha demostrado, sin duda, que no causan daño a la salud, que son equivalentes sustanciales en cuanto a su composición química a los alimentos convencionales de la misma clase y origen y que, además de ello, se producen con alto rendimiento  y siguiendo altas normas de calidad y se ofrecen a menor precio en el mercado.

 



[1] FAO y OMS, Codex Alimentrius. Alimentos Producidos Orgánicamente. Terecera edición. Roma 2007.



--
Alexander Grobman
alexander.grobman@gmail.com

--
-----------------------------
Grupo Agronegocios
Búscanos en facebook o www.agronegocios.pe
--------------------
---
Has recibido este mensaje porque estás suscrito al grupo "Agronegocios" de Grupos de Google.
Para anular la suscripción a este grupo y dejar de recibir sus correos electrónicos, envía un correo electrónico a agronegociosenperu+unsubscribe@googlegroups.com.
Visita este grupo en http://groups.google.com/group/agronegociosenperu.
Para ver este debate en la Web, visita https://groups.google.com/d/msgid/agronegociosenperu/CAN8UQq3YepsDU1mJGqgXX2BYJ8GEGTVRx0ORT7%3DOCMMGuLYQLg%40mail.gmail.com.
Para obtener más opciones, visita https://groups.google.com/groups/opt_out.

  • Digg
  • Del.icio.us
  • StumbleUpon
  • Reddit
  • RSS

0 comentarios:

Publicar un comentario