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[GA] PARA SU CONOCIMIENTO: ANTECEDENTES E IMPORTANCIA DE LA DECISIÓN 436 QUE APRUEBA LA NORMA ANDINA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS DE USO AGRÍCOLA

Para su conocimiento:

 

ANTECEDENTES E IMPORTANCIA DE LA DECISIÓN 436 QUE APRUEBA LA NORMA ANDINA PARA EL REGISTRO Y CONTROL DE PLAGUICIDAS QUÍMICOS DE USO AGRÍCOLA

 

 

Las nuevas exigencias de normas de sanidad agraria e inocuidad de los alimentos de países importadores de alimentos hace más urgente la modernización de los servicios oficiales de los países exportadores de productos agrarios, es por ello que dichos servicios vienen realizando grandes esfuerzos e inversiones para mejorar su desempeño. Sin embargo, es también notoria la preocupación de muchos países en el mundo, de querer producir más, utilizando menos insumos químicos y reduciendo sus potenciales impactos para la salud y el ambiente, esto es, mejorando su productividad y eficiencia para contribuir a una agricultura sostenible que incorpore nuevas alternativas de control de plagas.

 

Un componente importante en toda política agraria es la gestión de la sanidad agraria, la calidad y la inocuidad alimentaria, y por ende de los insumos que se utilizan en los diversos cultivos y cosechas, tanto de consumo interno como de exportación. Los plaguicidas químicos, siguen siendo la base del control de plagas; sin embargo, poco es lo que en las últimas décadas se ha hecho en materia de gestión de estas sustancias tóxicas considerando todas las etapas de su ciclo de vida y sobre todo, la reducción de los riesgos que entrañan a la salud y el ambiente.

 

Es así que los países miembros de la sub región andina en la década de los noventas iniciaron la revisión de sus normas nacionales y la formulación y posterior aprobación de una norma andina que marcó una importante diferencia en la gestión de los plaguicidas químicos de uso agrícola– PQUA. La Norma Andina sobre Registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, aprobada mediante Decisión 436 en junio de 1998, fue el resultado de varios años de negociación entre los Países Miembros de la Comunidad Andina: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, incluyendo a la República Bolivariana de Venezuela, contando para ello con la asistencia técnica de la FAO.

 

Dicha norma responde a uno de los propósitos de la integración andina en el campo agropecuario, el alcanzar un mayor grado de seguridad alimentaria subregional mediante el incremento de la producción de los alimentos básicos y de los niveles de productividad, la sustitución subregional de las importaciones y la diversificación y aumento de las exportaciones y; para ello, en ese entonces, se requería entre otros factores, la aplicación eficaz de insumos agrícolas como los plaguicidas, lo cual iba a redundar también en la reducción de riesgos para la salud y el ambiente.

 

Entre algunos aspectos que motivaron el esfuerzo comunitario para lograr la norma andina, estuvo el interés de armonizar las normas de registro de los PQUA, teniendo en cuenta las condiciones de salud, agronómicas, sociales, económicas y ambientales de los Países Miembros, con base en los principios establecidos en el Código Internacional de Conducta para la Distribución y Utilización de Plaguicidas de la FAO y las directrices de los organismos internacionales competentes acordadas por los Países Miembros.

 

La Norma Andina de Plaguicidas estableció que la ejecución de sus disposiciones se hacía mediante un Manual Técnico Andino, que se constituía en una especie de instructivo de la norma, el cual logró conciliarse y aprobarse en junio de 2002, mediante la Resolución 630, es decir 04 años después de haberse aprobado la Norma Andina, lo cual denota las serias dificultades que tuvieron que enfrentar los países para lograr acuerdos en su contenido.

 

 

Este mismo año 2002, la Decisión 515 adecuó la Norma Andina para el registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola, a las nuevas prioridades del proceso de integración subregional y a las exigencias sanitarias internacionales en materia agropecuaria, incorporando los principios establecidos en el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC).

 

 

La Decisión 436, ha sido modificada por las Decisiones 684 (2010) y 767 (2011), para incluir precisiones y mejoras de forma tal que facilite su aplicación, toda vez que la citada norma es de cumplimiento obligatorio en cada país de la Comunidad Andina y también procura mecanismos de acción comunitaria para hacer más eficientes sus resultados.

 

Es importante destacar que a lo largo de los últimos veinte años, han entrado en vigor otros instrumentos internacionales relacionados explícitamente con los plaguicidas químicos y están siendo tomados en consideración especialmente en procesos de negociación para Acuerdos bilaterales o multilaterales de Promoción Comercial, por sus implicancias relativas a la salud y al ambiente. Entre los instrumentos más relevantes están: el Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional; el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes, el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, así como numerosas normas sobre residuos de plaguicidas en los alimentos, establecidas por la Comisión del Codex Alimentarius, como estándares para el comercio internacional de dichos alimentos. Se ha desarrollado así mismo, el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA) diseñado para mejorar la protección de la salud humana y del ambiente en los procesos de manejo, transporte internacional y utilización de estos productos químicos.

 

En el proceso andino descrito se marca el año 2002 como el inicio de un trabajo comunitario activo en función a cumplir los objetivos propuestos en la norma andina de Registro. Ha transcurrido poco más de una década de la entrada en vigencia de la Decisión 436, periodo en el que se han efectuado cambios sustanciales en todas las esferas del conocimiento, al que se suma la expertise ganada en el proceso de registro de plaguicidas en los cuatro Países Miembros que si bien requiere el fortalecimiento de capacidades institucionales y técnicas permanentes para su actualización y mejor desempeño, también ha favorecido un ordenamiento de las competencias institucionales que confluyen en dicho proceso (Agricultura, Salud y Ambiente). La aplicación de esta herramienta de carácter preventivo como es el Registro, casi todos los países del mundo la vienen realizando, con la finalidad de reducir o evitar el ingreso de plaguicidas que no reúnen condiciones de calidad y seguridad o que han sido prohibidos en otros países con regulaciones muy estrictas por sus riesgos para la salud y el ambiente.

 

Debido a las actuales tendencias mundiales que están obligando a mejorar los sistemas productivos en cuanto a inocuidad y seguridad alimentaria y de poder acceder competitivamente a nuevos mercados internacionales, corresponde a las autoridades nacionales formular políticas y normas coherentes que fortalezcan y no debiliten los sistemas nacionales y regional andino, siendo necesario continuar el trabajo de armonización del Registro y de las actividades post registro de plaguicidas químicos de uso agrícola en todo su ciclo de vida, desde su producción (fabricación, formulación), comercialización (importación, ventas internas y exportación), manejo, uso y disposición final de desechos y materiales contaminados, elevando los niveles de calidad, de eficacia y de seguridad para la salud humana y el ambiente.

 

Esta es precisamente la razón por la que los países miembros, a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina - SG CAN, solicitaron en el año 2010 asistencia técnica a la FAO - la cual se brinda a la fecha, a través del Proyecto FAO TCP/RLA/3402, por un monto de US $ 480 000, siendo  su objetivo el de contribuir al fortalecimiento de las capacidades técnicas para el registro y control post-registro de los plaguicidas en los cuatro (04) países (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú). Entre los productos esperados como resultado de este proyecto se tienen: 1) Un plan Estratégico de fortalecimiento de capacidades para la gestión del registro y post registro de los PQUA; 2) Una propuesta de Norma Andina Post Registro PQUA; 3) Capacitación en materia de Registro, Post Registro y Plaguicidas biológicos; 4) Conformación de una Red Andina de Laboratorios de Plaguicidas para el control de calidad y la determinación de sus residuos en alimentos de origen vegetal; 5) Un propuesta de Norma Andina para el Registro y control de agentes biológicos, extractos vegetales y Semioquímicos; 6) Una propuesta de actualización del Manual Técnico Andino –MTA de Registro de PQUA.

 

Dichos productos contribuirán a la mejora efectiva de la gestión de los PQUA, estando que un enfoque integrado puede reportar numerosos beneficios si se optimizan los procedimientos técnicos y administrativos con el fin de contribuir a una sociedad más sana. Algunos de esos beneficios a nivel nacional son los siguientes:

 

a)       Beneficios técnicos, mayor eficiencia en la evaluación de riesgo de plaguicidas, mejorando la consistencia de los procesos y agilizando los tiempos de respuesta;

b)       Beneficios administrativos; por ejemplo, reducción de las duplicaciones e incoherencias de las políticas y planes de distintos organismos y programas;

c)       Beneficios vinculados a las comunicaciones; por ejemplo, un mayor intercambio de información en el ámbito de las distintas partes y entre éstas, y una mayor sensibilización del público en general;

d)       Medidas que hagan posible que la gestión de los productos químicos tenga lugar en todas las etapas del ciclo de vida, de modo que los problemas relacionados con ellas no sean simplemente trasladados de un medio a otro, mejorando con ello la protección de la salud humana, la inocuidad de los alimentos y la protección del ambiente; y

e)       Contribución a la seguridad química, que ayudaría a su vez a luchar contra la pobreza, a proteger a los grupos vulnerables y los derechos humanos, y a impulsar la salud pública y la seguridad de las personas.

 

El resultado de este esfuerzo nacional y subregional andino se verá reflejado en un mejor desempeño institucional, el aprovechamiento de los recursos e infraestructura existentes en la subregión para gestionar los plaguicidas, la agilización en la prestación del servicio de Registro de PQUA a los usuarios, la agilización de los procesos de revaluación de registros especialmente de los PQUA de mayor riesgo, la descentralización de funciones de fiscalización y control y de otras actividades pos registro a los niveles regionales, provinciales y locales de gobierno, la participación de la sociedad civil en actividades de vigilancia; todo ello contribuirá a la reducción de los riesgos de los PQUA para la salud y el ambiente.

 

Así mismo, la implementación del PLAN PQUA que viene impulsando la FAO a solicitud de los cuatro países, contribuirá al desarrollo regional y local ya que impulsará mejoras en la producción agrícola por el uso de métodos de Manejo Integrado de Plagas -MIP, un mayor uso de agentes biológicos para el control, de extractos vegetales y semioquímicos, una menor dependencia de los plaguicidas químicos y por ende, el desarrollo de una agricultura sostenible y la mejora de la calidad ambiental y la calidad de vida de los ciudadanos.

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